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#DIRECCION GENERAL DE AGUAS

Ernesto Ravera: “Una prórroga no es una condonación: la obligación de inscribir los derechos de agua y la sanción siguen vigentes”

Reforma al Código de Aguas

Ernesto Ravera: “Una prórroga no es una condonación: la obligación de inscribir los derechos de agua y la sanción siguen vigentes”

El abogado y especialista en Derecho de Aguas explica los nuevos plazos para inscribir y regularizar los derechos de aprovechamiento, las diferencias entre el Conservador de Bienes Raíces y el Catastro Público de Aguas de la DGA, las excepciones para pequeños agricultores y otros usuarios, y las consecuencias de incumplir estas obligaciones. Advierte que la falta de inscripción puede provocar la caducidad del derecho y recomienda iniciar oportunamente los trámites.

20 de octubre de 2026

La autodenuncia en el Código de Aguas, a ocho años de su dictación

Autodenuncia en aguas

La autodenuncia en el Código de Aguas, a ocho años de su dictación

La Ley N.º 21.064 (2018) reformó el régimen sancionatorio en materia de aguas, otorgando a la Dirección General de Aguas la potestad para fiscalizar y sancionar infracciones e incorporando la figura de la autodenuncia como mecanismo de incentivo al cumplimiento normativo. Sin embargo, a ocho años de su publicación, la institución no logró ser una herramienta útil para una correcta gestión de las aguas.

10 de septiembre de 2026

El nexo indisoluble: La dignidad humana, la mora de la administración y los límites del mercado en la transición energética

Patentes de aguas por no uso

El nexo indisoluble: La dignidad humana, la mora de la administración y los límites del mercado en la transición energética

El autor sostiene que la transición energética hacia la carbono neutralidad ha avanzado sin resolver las tensiones estructurales entre el modelo de mercado del Código de Aguas y la protección efectiva del derecho humano al agua, cuestionando el formalismo administrativo evidenciado en un reciente fallo sobre patentes por no uso.

06 de septiembre de 2026

Imagen: paiscircular.cl

Desalinización: régimen jurídico

La nueva ley de desalinización: consolidación de un régimen paralelo al Código de Aguas

La Ley N° 21.813 sobre uso de agua de mar para desalinización constituye un avance relevante en la regulación hídrica chilena, incorporando mecanismos de planificación, fiscalización y coordinación institucional. Sin embargo, la normativa mantiene vacíos respecto de la naturaleza jurídica del agua desalinizada y su integración al régimen tradicional del Código de Aguas. El presente trabajo analiza críticamente dichas tensiones, sosteniendo que la ley consolida un estatuto hídrico funcionalmente paralelo al sistema clásico de derechos de aprovechamiento.

14 de mayo de 2026

Imagen: actiagro.cl

Conflicto por derechos de agua

Corte Suprema ratifica rechazo a inscripción de derechos de agua en Rancagua

Confirma decisión del Conservador de Bienes Raíces por falta de continuidad registral y prueba insuficiente. La solicitante no logró acreditar la cadena de transferencias desde el titular original. Escritura de 1968 no constituía título traslaticio de dominio de derechos de agua. No se demostró la correspondencia entre los derechos inscritos y el predio que supuestamente riegan. El procedimiento del artículo 1° transitorio del Código de Aguas es declarativo y no crea nuevos derechos.

12 de diciembre de 2025

Imagen: davidnoticias.cl

Casación fondo rechazada

Corte Suprema ratifica multa a empresa por extracción ilegal de aguas subterráneas

Ratifica multa de 300 UTM impuesta por la DGA a empresa que extraía aguas subterráneas sin derechos constituidos. Precisa que la tardanza de la autoridad en resolver un recurso de reconsideración no configura el denominado “decaimiento administrativo” ni extingue los efectos del acto sancionador. Aclaró la interpretación del artículo 27 de la Ley N° 19.880 sobre plazos administrativos.

16 de octubre de 2025

Imagen: energia.gob.cl

Código de Aguas

Senador propone agilizar trámites para pequeñas centrales hidroeléctricas de pasada

Proyecto de ley busca modificar el Código de Aguas para acelerar autorizaciones de PCHp de hasta 10 MW, fomentando energías renovables y generación distribuida. Requiere que los responsables de las obras informen a la DGA sobre las características y ubicación de las bocatomas. Establece un plazo máximo de 30 días para que las DGA resuelva las solicitudes. Busca equilibrar el control de obras hídricas con la promoción de energías renovables de bajo impacto.

06 de septiembre de 2025

Imagen: 1ta.cl

Reclamación rechazada.

Se ratifica calificación favorable de proyecto minero Comahue en Antofagasta.

El Primer Tribunal Ambiental rechazó la reclamación interpuesta por organizaciones sociales y vecinos, confirmando la legalidad de la Resolución de Calificación Ambiental favorable al proyecto minero Comahue, de Next Minerals S.A., al descartar ilegalidades en la delimitación del área de influencia y en la evaluación de impactos sobre la Reserva Nacional La Chimba y la salud de la población.

09 de abril de 2025

Certificado de goce entregado por la CONADI no acredita el dominio de un terreno indígena, a fin de constituir derechos de aprovechamiento de aguas sin autorización de los demás copropietarios.

Contraloría General de la República.

Certificado de goce entregado por la CONADI no acredita el dominio de un terreno indígena, a fin de constituir derechos de aprovechamiento de aguas sin autorización de los demás copropietarios.

DGA tiene la obligación de verificar el cumplimiento de los requisitos para la constitución de derechos de aprovechamiento de aguas -en razón de la protección que debe brindar a las aguas existentes para beneficio de las comunidades indígenas.

22 de noviembre de 2023

El plazo de extinción de los derechos de aguas constituidos con anterioridad a la ley N° 21.435, se computan desde su inclusión en el listado de derechos afectos al pago de patente por no uso publicado al año siguiente del inicio de su vigencia.

Contraloría General de la República.

El plazo de extinción de los derechos de aguas constituidos con anterioridad a la ley N° 21.435, se computan desde su inclusión en el listado de derechos afectos al pago de patente por no uso publicado al año siguiente del inicio de su vigencia.

El cómputo de los plazos de 5 y 10 años para declarar extinguidos los derechos de agua debe efectuarse desde su inclusión en el listado derechos afectos al pago de patente que se efectué en el 2023.

30 de septiembre de 2023