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Modifica la Ley N° 19.882.

Diputados pretenden implementar mayores garantías en el proceso y nombramiento de profesionales en el sistema de Alta Dirección Pública.

“el profesional puede ser removido en cualquier momento en pleno ejercicio de su cargo, con mayor razón en algunas ocasiones, ha quedado entregado al devenir el hecho de que, una vez producida la definición de la nómina correspondiente a la tercera etapa y efectuado el nombramiento del ganador de la terna en la cuarta y última etapa del proceso de postulación, éste quede finalmente sin efecto y no se concrete”.

30 de julio de 2012

La moción de los diputados Accorsi, Aguiló, Andrade, Carmona, Girardi, Jaramillo, Macaya, Muñoz, Nogueira y Sepúlveda, expone que la función del Consejo de Alta Dirección Pública, es garantizar el debido cumplimiento de los procesos de selección: transparencia, no discriminación, confidencialidad, entre otros.
Observa luego “los altos directivos públicos nombrados mediante el Sistema tienen una duración de tres años en su cargo y pueden ser renovados hasta dos veces, por igual plazo”, no obstante son “funcionarios de exclusiva confianza”, por tanto “su renuncia puede ser solicitada en cualquier momento por la autoridad facultada para su nombramiento”. En efecto, si se considera que “el profesional puede ser removido en cualquier momento en pleno ejercicio de su cargo, con mayor razón en algunas ocasiones, ha quedado entregado al devenir el hecho de que, una vez producida la definición de la nómina correspondiente a la tercera etapa y efectuado el nombramiento del ganador de la terna en la cuarta y última etapa del proceso de postulación, éste quede finalmente sin efecto y no se concrete”.
Con el objeto de subsanar tal situación, es que propone introducir enmiendas en el título IV relativo a las Normas sobre Carrera Funcionaria de la Ley 19.882, que establece y regula el Sistema de Alta Dirección Pública, de manera tal que una vez que se ha definido los mejores puntajes respecto del cargo a proveer, “procederá a nombrar al profesional y se mantendrá a firme esa decisión sin ulterior cambio”, lo mismo ocurrirá respecto de los cargos en orden decreciente según el puntaje obtenido.

Vea texto íntegro de la moción.

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