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Cese de funciones es discrecional y carente de sentido.

Corte de Valparaíso acoge acción de protección contra resolución del Gobernador de Valparaíso que desvinculó a funcionaria a contrata.

“No es suficiente al efecto referirse a un contexto meramente formal, indicando solamente los textos legales en que ella se funda, pues siendo ello efectivo, debe existir un sustento fáctico que permita “entender” la resolución, pues de lo contrario ella se constituye en un mero acto discrecional carente de contenido”.

27 de agosto de 2012

Se dedujo acción de protección en contra del Gobernador de la Provincia de Valparaíso, por parte de una funcionaria administrativa del Departamento de Extranjería de la Gobernación de Valparaíso, a fin de que se declaren ilegales y arbitrarios, una serie de actos de hostigamiento, acoso laboral y, especialmente, su desvinculación laboral verificada mientras hacía uso de licencia médica, lo cual constituiría una vulneración del derecho a la integridad física y psíquica, de la igualdad ante la ley y del derecho de propiedad.
La Corte de Apelaciones de Valparaíso acogió el arbitrio constitucional, señalando en primer término, respecto de la alegación de incompetencia, hecha valer por la recurrida, que “el artículo 1° del Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre Tramitación y Fallo del Recurso de Protección de Garantías Fundamentales, establece que el recurso o acción de protección se interpondrá ante la Corte de Apelaciones en cuya jurisdicción se hubiere cometido el acto o incurrido en la omisión arbitraria o ilegal que ocasionen privación, perturbación o amenaza en el legítimo ejercicio de las garantías constitucionales respectivas, cuyo es el caso, por lo que la incompetencia referida será desestimada”.
Respecto del fondo del asunto, el Tribunal de Alzada estableciendo que no existe discusión sobre la legalidad formal del acto, sin embargo, “debe contener argumentos suficientes que demuestre la necesidad de la medida, debe contener precisamente “razones” que impidan tildarla de arbitraria”, y agrega que “no es suficiente al efecto referirse a un contexto meramente formal, indicando solamente los textos legales en que ella se funda, pues siendo ello efectivo, debe existir un sustento fáctico que permita “entender” la resolución, pues de lo contrario ella se constituye en un mero acto discrecional carente de contenido”.
Esta sentencia se encuentra con apelación pendiente ante la Corte Suprema.

 

 

Vea texto íntegro de la sentencia de la Corte de Valparaíso Rol N°768-2012

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