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Primera sala.

TC se pronunciará sobre la admisibilidad de inaplicabilidad que impugna normas sobre jornada laboral de transporte.

la aplicación de la precitada norma, vulneraría sus derechos constitucionales, entre otros, la dignidad de la persona humana, la vida e integridad psíquica y física, la libertad de trabajo y su protección y el derecho al descanso.

21 de diciembre de 2012

El TC admitió a trámite un requerimiento de inaplicabilidad que impugna el inciso primero del artículo 25 del Código del Trabajo.
La gestión pendiente invocada incide en autos sobre tutela laboral incoados ante el Juzgado de Letras de Trabajo de Puerto Montt, en actual nulidad laboral para ante la Corte de Apelaciones de esa ciudad.
Estima el requirente que la aplicación de la precitada norma, vulneraría sus derechos constitucionales, entre otros, la dignidad de la persona humana, la vida e integridad psíquica y física, la libertad de trabajo y su protección y el derecho al descanso.
Para pronunciarse acerca de la admisibilidad del requerimiento, la Sala designada por el Presidente del TC confirió traslado por el plazo de diez días a las demás partes de la gestión pendiente. En el caso que se declare admisible, le corresponderá luego al Tribunal Pleno emitir pronunciamiento sobre el fondo de la impugnación.

Vea texto íntegro del expediente y requerimiento N° 2364.

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