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En fallo dividido.

CS rechazó recurso de casación en la forma contra sentencia que rechazó demanda de indemnización de perjuicios por falta de servicio.

«de cualquier manera, y a fin de despejar toda duda sobre la posibilidad de ser acogida la demanda indemnizatoria, la sentencia impugnada analizó la prueba rendida en el juicio. Concluyó que no se daban los supuestos para estimar que los Carabineros hubieren actuado con culpa, no sin antes exponer los principios en que descansa la responsabilidad extracontractual del Estado cuando la conducta imputada corresponde a funcionarios de las Fuerzas de Orden y Seguridad».

5 de abril de 2013

Se dedujo recurso de casación en la forma contra sentencia de la Corte de Apelaciones de Concepción que, revocando la de primera instancia, rechazó demanda de indemnización de perjuicios contra el Fisco de Chile.
La recurrente fundó su recurso de casación en la causal contemplada en el numeral 5º del artículo 768 en relación al numeral 4º del artículo 170, ambos del Código de Procedimiento Civil, esto es, haber sido dada con omisión de las consideraciones de hecho o de derecho que sirven de fundamento a la sentencia.
La Corte Suprema consideró que «de cualquier manera, y a fin de despejar toda duda sobre la posibilidad de ser acogida la demanda indemnizatoria, la sentencia impugnada analizó la prueba rendida en el juicio. Concluyó que no se daban los supuestos para estimar que los Carabineros hubieren actuado con culpa, no sin antes exponer los principios en que descansa la responsabilidad extracontractual del Estado cuando la conducta imputada corresponde a funcionarios de las Fuerzas de Orden y Seguridad. Lo anterior, con acopio de citas de jurisprudencia y de doctrina emanadas de sentencias o de ministros de esta misma Corte, que recogen las actuales tendencias, lo que da cuenta de que en la sentencia recurrida se razonó a partir de la demanda planteada, de los hechos que fueron probados en el proceso y de los presupuestos que esta misma Corte Suprema ha estimado deben acreditarse cuando en un juicio se busca depurar la responsabilidad civil extracontractual del Estado, en casos en que en los hechos intervengan funcionarios de Carabineros. Con base en todos esos elementos, debidamente ponderados, se concluyó que la demanda debía desestimarse. De su argumentación se infiere que en el juicio no se acreditó la comisión del delito criminal que se le imputa a funcionarios del Estado en la sede criminal competente, y que tampoco había base fáctica en el juicio civil para estimar que hubiera falta de servicio a la luz de la normativa aplicable”.

Ver texto íntegro de la sentencia.

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