Por extemporánea.
CPLT acogió parcialmente amparo deducido contra Subsecretaría de Transportes.
el Consejo precisó que, posteriormente, una vez obtenido dicha información, debió ponerse a disposición del solicitante tal como se infiere de la aplicación del artículo 19 de la Ley de Transparencia.

Se dedujo amparo de acceso a la información en contra de la Subsecretaría de Transporte, fundado en la negativa a entregar información solicitada, y la no correspondencia de los antecedentes proporcionados.
Asimismo, la reclamante requirió la entrega del listado completo de quienes han adquirido Bases de Licitación para el proceso de adjudicación de concesiones de Plantas de Revisión Técnica en cada una de las regiones del país.
Al respecto, el CPLT explicó que, revisados los antecedentes objeto de la reclamación, se constató que al tiempo de la solicitud en ninguna de las regiones se había verificado la etapa de presentación o entrega de las propuestas por los oferentes. Agrega que, de esta forma, a esa data aún se ignoraba quiénes presentarían o no una propuesta en los términos exigidos en las bases y por ende ingresarían y formarían parte del proceso licitatorio de que se trata, respecto del cual la entidad licitante debía finalmente pronunciarse.




