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Por extemporáneo.

CPLT declara inadmisible amparo deducido contra Corporación Municipal.

El CPLT precisó que, en atención a lo “dispuesto en el artículo 24 de la Ley de Transparencia y los artículos 42 y 44 del Reglamento”, la acción interpuesta tiene el carácter de extemporánea.

Por Redacción·19 de febrero de 2014·1 min de lectura
CPLT declara inadmisible amparo deducido contra Corporación Municipal.
Referencial

Se dedujo amparo de acceso a la información –por parte de un particular- en contra de la Corporación Municipal de Valparaíso para el Desarrollo Social (CORMUVAL) fundado en que el órgano no entregó la información solicitada, a saber: copia de “informe confidencial” y puntaje de los concursantes; todo en relación al Concurso Público para proveer el cargo de Director de un establecimiento educacional.

El CPLT precisó que, en atención a lo “dispuesto en el artículo 24 de la Ley de Transparencia y los artículos 42 y 44 del Reglamento”, la acción interpuesta tiene el carácter de extemporánea.

Así, el Consejo resolvió declarar inadmisible el amparo deducido.

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