Inexistencia de información.
CPLT rechaza amparo de acceso a la información contra Servicio de Evaluación Ambiental.
El SEA realizó los descargos correspondientes, arguyendo que luego de una búsqueda exhaustiva de los antecedentes solicitados, se determinó que ellos o no existen o se encuentran en poder del Ministerio respectivo.

Se dedujo amparo de acceso a la información en contra el Servicio de Evaluación Ambiental, fundado en que al requirente se le habría negado el acceso a la información
deducido, recaído en la solicitud de evaluación de los motivos principales de la tardanza en la tramitación ambiental de proyectos durante los recientes 12 meses. Asimismo, el requirente agregó que el Servicio de Evaluación Ambiental le indicó que la información solicitada estaría en poder del Ministerio del Medio Ambiente, manifestándole este último organismo, a su vez, que la documentación requerida debía ser proporcionada por el Servicio de Evaluación Ambiental.
Por su parte, el SEA realizó los descargos correspondientes, arguyendo que luego de una búsqueda exhaustiva de los antecedentes solicitados, se determinó que ellos o no existen o se encuentran en poder del Ministerio respectivo.
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