Diario Constitucional

Con disidencia.

TC rechazó inaplicabilidad que impugnaba norma contenida en ley sobre accidentes del trabajo.

El TC rechazó un requerimiento de inaplicabilidad que impugnaba la expresión “por accidentes del trabajo a que se refiere la Ley N° 16.744″, contenida en el inciso quinto del artículo cuarto de la Ley N° 19.531, en su texto modificado por la Ley N° 20.224.

Por Redacción·07 de marzo de 2014·7 min de lectura
TC rechazó inaplicabilidad que impugnaba norma contenida en ley sobre accidentes del trabajo.
Referencial

El TC rechazó un requerimiento de inaplicabilidad que impugnaba la expresión “por accidentes del trabajo a que se refiere la Ley N° 16.744″, contenida en el inciso quinto del artículo cuarto de la Ley N° 19.531, en su texto modificado por la Ley N° 20.224.

La gestión invocada incide en un proceso de protección, en el cual una relatora de la Corte de Apelaciones de Arica denuncia como injusta, arbitraria, discriminatoria y lesiva de su derecho de propiedad la conducta de la recurrida, consistente en negarle el pago de los bonos de desempeño institucional y colectivo correspondientes al bono de modernización del año 2012, a causa de haber tenido más de 6 meses de licencias médicas por causa de un cáncer de mama.

En su sentencia, la Magistratura Constitucional arguyó que la ley ha dispuesto una regla general, consistente en que no pueden percibir los aumentos indicados quienes no hayan desempeñado efectivamente sus cargos, a lo menos por el tiempo señalado, sin perjuicio de formular dos calificadas excepciones a lo anterior, que favorecen únicamente a aquellas autoridades y funcionarios que gocen de licencias a causa de accidentes del trabajo o por maternidad.

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