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Con disidencia.

TC se pronunciará sobre admisibilidad de inaplicabilidad que impugna normas de LGUC.

El TC admitió a trámite un requerimiento de inaplicabilidad que impugna el artículo 20 de la Ley General de Urbanismo y Construcciones.

26 de marzo de 2014

El TC admitió a trámite un requerimiento de inaplicabilidad que impugna el artículo 20 de la Ley General de Urbanismo y Construcciones.

La gestión pendiente invocada incide en los autos sobre recurso de apelación de sentencia definitiva que conoce la Corte de Apelaciones de Santiago.

La decisión fue acordada con el voto en contra de los Ministros Vodanovic y Fernández Fredes, quienes estimaron que el requerimiento no cumple con las exigencias contenidas en el artículo 80 de la LOCTC, al no desprenderse, claramente, de los hechos y fundamentos en que se apoya, una infracción constitucional determinada.

Asimismo, y en cuanto a la solicitud de suspensión del procedimiento, la decisión fue acordada con el voto en contra del Ministro Fernández Fredes.

Para pronunciarse acerca de la admisibilidad del requerimiento, la Sala designada por el Presidente del TC confirió traslado por el plazo de diez días a las partes de la gestión pendiente y a sus apoderados. En el caso que se declare admisible, le corresponderá luego al Tribunal Pleno emitir pronunciamiento sobre el fondo de la impugnación.

 

 

Vea texto íntegro del requerimiento y expediente Rol 2648-14.

 

 

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