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Ley del consumidor.

Corte de Temuco confirma sentencia que condenó a restaurant por vender hamburguesa con una cola de ratón.

Al efecto, cabe recordar que junio del año 2012 un joven denunció haber encontrado una cola de ratón en un sándwich que se aprestaba a consumir en un restaurant de la cadena Mc Donalds en Temuco.

30 de junio de 2014

La Primera Sala de la Corte de Apelaciones de Temuco confirmó el fallo del Tercer Juzgado de Policía Local, que sentenció a un  restaurant al pago de una multa que supera los $ 2.000.000  (dos millones de pesos), por vender una hamburguesa que contenía una cola de ratón en su interior, en junio de 2012.

Al efecto, cabe recordar que en el mes de junio del año 2012  un joven denunció haber encontrado una cola de ratón en un sándwich que se aprestaba a consumir en un restaurant  de la cadena Mc Donalds en Temuco. El afectado recurrió al Tercer Juzgado de Policía Local, órgano que falló en contra de la empresa, luego que los peritajes demostraron que el producto no fue intervenido fuera del local y que la cola fue cocinada dentro de él.

En su sentencia, aduce el Tribunal de alzada que la circunstancia que la empresa denunciada emplee un estándar de control de calidad exigente, no excluye la posibilidad de que en el caso concreto exista un hecho que signifique descuido, el cual por extraño que sea, no puede ser considerado como un caso fortuito, del que no se cumple ningún requisito legal y que ha quedado fehacientemente establecido que la demandada ha causado menoscabo al consumidor, debido a fallas o deficiencias en la calidad del bien y del servicio.

Así, y teniendo además presente lo dispuesto en los artículos 32 y siguientes sobre Procedimiento ante los Juzgados de Policía Local y Ley N°19.496, la Primera Sala de la Corte de Apelaciones de Temuco confirmó la sentencia apelada, de fecha 18 de octubre  de 2013, ratificando la condena contra el restaurant.

 

 

Vea texto íntegro de la sentencia.

 

 

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