Noticias

Manifiesta falta de fundamento.

CS rechaza casación en el fondo respecto de sentencia que acogió indemnización contra Municipio.

En el arbitrio de nulidad sustancial se denunció la infracción de los artículos 384 y 382 –en el entendido que corresponde al artículo 342- del Código de Procedimiento Civil.

12 de septiembre de 2014

Se dedujo recurso de casación en el fondo y en la forma respecto de una sentencia de la Corte de Apelaciones de Antofagasta que, confirmando el fallo de primer grado, acogió demanda de indemnización de perjuicios condenando a la Municipalidad de dicha ciudad a pagar a un particular las siguientes sumas: a) $8.219.058 a título de daño emergente; b) $21.000.000 por lucro cesante; y c) $10.000.000 por daño moral.

En el arbitrio de nulidad formal se invocó la causal contemplada en el artículo 768 N° 5 del Código de Procedimiento Civil en relación con el artículo 170 N° 4 del mismo cuerpo legal, toda vez que el fallo impugnado no elaboró las consideraciones sobre valoración de la pruebas testimonial y documental rendidas por el actor en virtud de la cual dio por establecido el accidente que habría sufrido.

El máximo Tribunal desestimó dicho recurso.

Luego, en el arbitrio de nulidad sustancial se denunció la infracción de los artículos 384 y 382 –en el entendido que corresponde al artículo 342- del Código de Procedimiento Civil, puesto que valoró la prueba testimonial y documental rendida por el actor sin cumplir con dichas disposiciones, dando erróneamente por establecida tanto la existencia del accidente y que el mismo se debió a falta de servicio como la indemnización de perjuicios por concepto de lucro cesante.

La Corte Suprema rechazó el recurso de casación en el fondo.

En su sentencia, sostuvo que, “del tenor del libelo por el que se interpone el recurso de casación en estudio se puede comprobar que la demandada omitió extender la infracción legal a las normas que tienen el carácter de decisorias de la litis, en el caso de autos tanto la relativa a la responsabilidad por falta de servicio de las Municipalidades fundada en el artículo 152 de la Ley N° 18.695 como aquellas que determinan las obligaciones que se han establecido incumplidas, entre ellas, las contempladas en los artículos 5 letra c) y 24 de la Ley N° 18.695 y 169 de la Ley N° 18.290. Esta situación implica que la recurrente, en el hecho, acepta la decisión en cuanto al fondo de la cuestión debatida y es, por esta circunstancia, que el recurso de nulidad intentado no puede prosperar. En efecto, aun en el evento que esta Corte concordara con la demandada en el sentido de haberse producido el error de derecho que denuncia en su recurso, tendría no obstante que declarar que éste no influye en lo dispositivo de la sentencia”.

 

 

Vea texto íntegro de la sentencia de la Corte Suprema Rol N°15244-2014.

 

 

RELACIONADOS

*CS rechazó casación en el fondo respecto de sentencia que desestimó indemnización contra Fisco de Chile…

*CS acogió casación en el fondo contra sentencia que hizo lugar a nulidad de derecho público…

*CS rechazó casación en el fondo contra sentencia que condenó a Municipio pagar indemnización por accidente…

Te recomendamos leer:

Agregue su comentario

Agregue su Comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *