Gestión pendiente suspendida.
TC se pronunciará respecto de admisibilidad de inaplicabilidad que impugna norma sobre pena de ciertos cuasidelitos.
La gestión pendiente incide en los autos criminales en etapa de acusación fiscal de que conoce el Séptimo Juzgado de Garantía de Santiago.

El TC admitió a trámite un requerimiento de inaplicabilidad que impugna el artículo 492, inciso primero, del Código Penal.
La gestión pendiente incide en los autos criminales en etapa de acusación fiscal de que conoce el Séptimo Juzgado de Garantía de Santiago.
Para pronunciarse acerca de la admisibilidad del requerimiento, la Sala designada por el Presidente del TC confirió traslado por el plazo de diez días a las partes de la gestión pendiente individualizadas en el respectivo certificado. En el caso que se declare admisible, le corresponderá luego al Tribunal Pleno emitir pronunciamiento sobre el fondo de la impugnación.
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