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No se verifica vulneración.

Tribunal Europeo de Derechos Humanos se pronuncia sobre revisión de condena por violación y homicidio.

El TEDH estableció que en la hipótesis de una decisión favorable, el condenado tendría derecho a solicitar dicha reducción de condena después de 30 años.

17 de noviembre de 2014

El Tribunal Europeo de Derechos Humanos, por unanimidad, dictó sentencia respecto de un caso de condena a cadena perpetua sin posibilidad de reducción, determinando que no existe «violación del artículo 6 (derecho a un juicio justo) del Convenio Europeo de Derechos Humanos, ni violación del artículo 3 (prohibición de tratos inhumanos o degradantes)».

Al efecto, cabe recordar que el recurrente, Pierre Bodein, un ciudadano francés que en 2007 fue condenado por tres asesinatos, entre ellos dos cometidos contra menores de edad a los que además violó, solicitó de la Magistratura Europea un pronunciamiento en torno a la sentencia dictada en Francia, en virtud de los artículos 3 y 6 del CEDH por cuanto expuso que «no le habían ofrecido ninguna posibilidad de reducir su condena».

En su sentencia, el Tribunal de Estrasburgo adujo que el derecho francés facilita la revisión de las sentencias a cadena perpetua por lo que la pena impuesta es reducible, para los efectos del artículo 3 de la Convención.

El fallo estableció que la legislación francesa prevé la revisión judicial de la situación de la persona condenada y un posible ajuste de la sentencia después de 30 años de prisión, en virtud del artículo 720-4 del Código de Procedimiento Penal de aquel país.

En el caso concreto, agrega el TEDH que en la hipótesis de una decisión favorable, el condenado tendría derecho a solicitar dicha reducción de condena después de 30 años, esto es, el año 2034, de tal manera que esta revisión, dirigida a evaluar la peligrosidad del prisionero y a tener en cuenta si su conducta ha cambiado mientras cumplía condena, «no deja ninguna incertidumbre en cuanto a la existencia de una perspectiva de liberación», concluye en esencia el fallo.

 

 

Vea texto íntegro de la sentencia “Affaire Bodein c. France”.

 

 

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