Segunda sala.
TC deberá resolver si admite a trámite inaplicabilidad que impugna norma sobre contratación a honorarios de empleados municipales.
La gestión pendiente incide en un recurso de nulidad laboral de que conoce la Ilustrísima Corte de Apelaciones de Concepción.

Se solicitó declarar inaplicable, por inconstitucional, el artículo 4º del Estatuto Administrativo para Funcionarios Municipales (Ley Nº 18.883).
El precepto en cuestión dispone: “Podrán contratarse sobre la base de honorarios a profesionales y técnicos de educación superior o expertos en determinadas materias, cuando deban realizarse labores accidentales y que no sean las habituales de la municipalidad; mediante decreto del alcalde. Del mismo modo se podrá contratar, sobre la base de honorarios, a extranjeros que posean título correspondiente a la especialidad que se requiera.
Además, se podrá contratar sobre la base de honorarios, la prestación de servicios para cometidos específicos, conforme a las normas generales.
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