Por unanimidad.
CS acoge unificación de jurisprudencia y determina procedencia de bonificación proporcional a profesionales de la educación de sector municipal.
La Corte Suprema acogió un recurso de unificación de jurisprudencia y determinó que la bonificación proporcional establecida en la Ley N° 19.933, es aplicable a los profesionales de la educación del sector municipalizado.

En fallo unánime, la Corte Suprema acogió un recurso de unificación de jurisprudencia y determinó que la bonificación proporcional establecida en la Ley N° 19.933, es aplicable a los profesionales de la educación del sector municipalizado.
Al efecto, cabe recordar que el caso se inició con la demanda de un grupo de docentes de establecimientos municipalizados en contra de la Municipalidad de Coelemu, a fin que se condenara a la demandada a pagar la cantidad que señalan para cada demandante o la mayor o menor que el tribunal determinase, por concepto de bono proporcional mensual conforme a los incrementos remuneracionales SAE (Subvención Adicional Especial), otorgados por la Ley N° 19.933, según corresponda a la carga horaria de cada actor, por los años 2004 a 2011.
La demanda fue desestimada por cuanto se tuvo por desistidos a los actores.
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