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Segunda sala.

TC se pronunciará respecto de admisibilidad de inaplicabilidad que impugna norma sobre delito de incumplimiento de deberes militares.

La gestión pendiente invocada incide en autos sobre delito de incumplimiento de deberes militares de que conoce doña Dobra Lusic Nadal en calidad de Ministra en visita extraordinaria.

30 de abril de 2015

El TC admitió a trámite un requerimiento de inaplicabilidad que impugna los artículos 299, N° 3 y 433 del Código de Justicia Militar.

La gestión pendiente invocada incide en autos sobre delito de incumplimiento de deberes  militares de que conoce doña Dobra Lusic Nadal en calidad de Ministra en visita extraordinaria.

El requirente estima que las disposiciones en comento serían contrarias al artículo 19 Nº 3, inciso final, de la Constitución Política, toda vez que se trataría de normas penales en blanco.

Para pronunciarse acerca de la admisibilidad del requerimiento, la Sala designada por el Presidente del TC confirió traslado por el plazo de diez días a las demás partes de la gestión invocada. En el caso que se declare admisible, le corresponderá luego al Tribunal Pleno emitir pronunciamiento sobre el fondo de la impugnación.

 

 

Vea texto íntegro del requerimiento y del expediente Rol Nº 2817-15.

  

 

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