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CGR emite dictamen sobre denuncia de irregularidades en Municipalidad.

El Contralor concluye sosteniendo que en la situación de la especie no es posible determinar si la municipalidad se ha ajustado a lo expuesto precedentemente.

3 de mayo de 2015

Se remitió a la Contraloría General de la República -por parte de la Dirección de Gestión y Correspondencia de la Presidencia de la República y la Contraloría Regional de Valparaíso- la denuncia de una funcionaria de la Municipalidad de Hijuelas quien alega, en esencia, no haber sido considerada en los procesos de capacitación de dicho ente edilicio, y que tanto el administrador municipal como el director de control asumieron, ambos en calidad de subrogantes, la dirección de obras y la jefatura de tránsito, respectivamente, lo que a su juicio, es irregular.

Al efecto, en relación a la exclusión de la peticionaria de la capacitación entregada por el municipio, el ente contralor expone que debe tenerse en cuenta que el jefe superior, para elegir a los beneficiarios de las actividades de esa índole, se encuentra en la necesidad de efectuar un proceso de selección mediante concurso, lo que implica el derecho del funcionario a postular libre y espontáneamente a este, sin perjuicio de la facultad de la autoridad de fijar los criterios con el fin de evaluar los méritos de los interesados.

En ese sentido, el dictamen aduce que, considerando que la Municipalidad de Hijuelas no ha acreditado la realización de los pertinentes concursos, corresponde que ella informe a la Contraloría Regional de Valparaíso sobre el procedimiento a través del cual asignó los distintos cursos de capacitación a partir del año 2014.

De otro lado, en cuanto a la eventual irregularidad de las subrogancias ejercidas por el administrador municipal y el director de control, la CGR expresa que, de acuerdo a lo dispuesto en la letra d), del artículo 85 de la Ley Nº 18.883, tales cargos serán compatibles con la calidad de subrogante, razón por la cual un servidor puede asumir en calidad de subrogante un determinado empleo, en la medida que sea, a su vez, reemplazado en las labores que desempeña como titular.

Así, conforme a lo anterior, el Contralor concluye sosteniendo que en la situación de la especie no es posible determinar si la municipalidad se ha ajustado a lo expuesto precedentemente, por lo que corresponde que aquella informe sobre el particular a la Contraloría Regional de Valparaíso.

 

Vea texto íntegro del Dictamen N° 30.244-15.

  

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