Confirma lo resuelto.
CGR se pronuncia sobre incompatibilidad entre cargos en Corporación de Asistencia Judicial e Instituto de Seguridad Laboral.
La CGR concluye sosteniendo que al haber asumido la interesada una contrata en el Instituto de Seguridad Laboral, cesa por el solo ministerio de la ley en el cargo que tenía en la Corporación de Asistencia Judicial de la Región de Valparaíso.

Se solicitó a la Contraloría General de la República, por parte de una funcionaria del Instituto de Seguridad Laboral, la revisión de su Oficio Nº 80.688 de 2014, en el cual se concluyó que, en la medida que asumiera en el aludido organismo, cesaría por el solo ministerio de la ley en el cargo que desempeña en la Corporación de Asistencia Judicial de la Región de Valparaíso.
La requirente arguye que, por una parte, sería aplicable a su caso la hipótesis de compatibilidad establecida en la letra e) del artículo 87 de la Ley Nº 18.834 y, por otra, que estaría gozando de un permiso sin goce de remuneraciones en la individualizada corporación.
Requeridos sus informes, el Instituto de Seguridad Laboral adujo que no se dan los requisitos para que opere la compatibilidad invocada, y la Corporación de Asistencia Judicial de Valparaíso precisó que el permiso de que se trata fue concedido a contar del 1 de junio hasta el 31 de diciembre de 2014.
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