Diario Constitucional

Segunda sala.

TC se pronunciará sobre admisibilidad de inaplicabilidad que impugna norma que exige consignación previa para apelar.

La gestión judicial pendiente incide en autos ejecutivos laborales de que conoce el Juzgado de Cobranza Laboral y Previsional de Santiago.

Por Redacción·30 de junio de 2015·1 min de lectura
TC se pronunciará sobre admisibilidad de inaplicabilidad que impugna norma que exige consignación previa para apelar.
Referencial

El TC admitió a trámite un requerimiento de inaplicabilidad que impugna la parte final del inciso primero del artículo 8º de la Ley Nº 17.322, que establece normas para la cobranza judicial de cotizaciones, aportes y multas de las instituciones de seguridad social.

La gestión judicial pendiente incide en autos ejecutivos laborales de que conoce el Juzgado de Cobranza Laboral y Previsional de Santiago.

El requirente estima que la aplicación del precepto impugnado sería contraria a lo dispuesto en el artículo 19 Nºs 3 y 26 de la Constitución Política, toda vez que limitar la admisibilidad del recurso de apelación a una consignación previa constituiría un impedimento al acceso a la justicia, a la igual protección de la ley en el ejercicio de los derechos, al debido proceso y a la seguridad jurídica.

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