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Libertad personal.

CS revocó sentencia y acoge amparo contra resolución de Juzgado de Garantía de Arica.

La Corte de Apelaciones de Arica rechazó el recurso de amparo, mas, la Corte Suprema –en alzada- revocó esta resolución.

17 de julio de 2015

Se dedujo acción de amparo en favor de un condenado en prisión por el delito de Tráfico Ilícito de Estupefacientes, y en contra de las resoluciones de fecha 20 de mayo de 2015 y 30 de diciembre de 2014, dictadas por el referido Tribunal y por el Juzgado de Garantía de Arica.

Al efecto, expuso el recurrente en su libelo que la primera resolución no sustituye la pena privativa de libertad por ninguna de las penas sustitutivas que contempla la Ley N°18.216, en especial la expulsión del territorio nacional del sentenciado, en razón de que dicha pena sustitutiva no cumple con la naturaleza y fines de la sanción, tales como la retribución, prevención general y especial, que son parte de la condena.

La Corte de Apelaciones de Arica rechazó el recurso de amparo, mas, la Corte Suprema –en alzada- revocó esta resolución.

En su sentencia, adujo en lo grueso que el artículo 34 de la Ley N° 18.216 otorga al condenado extranjero que no resida legalmente en el país y al que se le hubiera impuesto una pena no superior a presidio menor en su grado máximo la posibilidad de obtener la sustitución del cumplimiento de dicha pena por su expulsión del territorio nacional.

Luego, sostuvo el fallo que la redacción de la norma en comento permite colegir que lo planteado puede ser discutido en sede de ejecución penal, de manera que el tribunal competente es el de garantía que corresponda, al amparo de lo que prescribe el artículo 14 letra f) del Código Orgánico de Tribunales, que entrega a dicha magistratura la ejecución de las condenas criminales, así como la resolución de las solicitudes y reclamos relacionados con ella.

De esa manera, concluye la sentencia manifestando que la resolución de treinta de diciembre de dos mil catorce, por la cual el Tribunal de Garantía de Arica se declara incompetente para conocer de la pretensión de la defensa de sustitución de la pena corporal por expulsión del sentenciado no se ajusta a lo prescrito en la ley, amenazando la libertad personal del amparado como consecuencia de la infracción de las normas mencionadas.

 

Vea texto íntegro de la sentencia de la Corte Suprema Rol N°8726-2015.

Vea texto íntegro de la sentencia de la Corte de Apelaciones de Arica Rol N°78-2015.

 

 

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