Noticias

Primera sala.

TC deberá resolver si admite a trámite inaplicabilidad que impugna norma contenida en Ley de Aseguramiento de la Calidad de la Educación.

La gestión pendiente incide en autos sobre reclamación en contra de la Superintendencia de Educación, de que conoce vía apelación la Corte Suprema.

21 de octubre de 2015

Se solicitó declarar inaplicable, por inconstitucional, el artículo 86 de la Ley Nº 20.529, que establece el Sistema Nacional de Aseguramiento de la Calidad de la Educación Parvularia, Básica y Media y su Fiscalización.

El precepto en cuestión dispone: “La Superintendencia no podrá aplicar ningún tipo de sanción luego de transcurridos seis meses desde la fecha en que hubiere terminado de cometerse el hecho. El inicio de la investigación respectiva suspenderá este plazo de prescripción.

Todo proceso que inicie la Superintendencia deberá concluir en un plazo que no exceda de dos años”.

La gestión pendiente incide en autos sobre reclamación en contra de la Superintendencia de Educación, de que conoce vía apelación la Corte Suprema.

El requirente estima que el precepto impugnado es contrario a lo dispuesto en el artículo 19 Nºs 2 y 3  de la Constitución Política, toda vez que el señalado plazo de dos años no sería fatal, permitiendo a la Superintendencia tardar excesiva e injustificadamente en el procedimiento administrativo.

La Sala designada por el Presidente del TC tendrá que resolver si admite a trámite la impugnación, para luego pronunciarse sobre su admisibilidad. En el caso que se declare admisible, le corresponderá luego al Tribunal Pleno emitir pronunciamiento sobre el fondo de la impugnación.

 

 

Vea texto íntegro del requerimiento y expediente Rol N° 2914-15.

 

 

RELACIONADOS

* CS rechaza reclamación deducida contra multa aplicada por Superintendencia de Educación…

* TC deberá pronunciarse sobre constitucionalidad de proyecto que crea autorización de funcionamiento de jardines infantiles…

Te recomendamos leer:

Agregue su comentario

Agregue su Comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *