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Libertad de elección.

Corte de Valdivia acogió protección y ordena a Isapres afiliar a usuario con preexistencias.

La Corte de Valdivia acogió recurso de protección y ordenó a las isapres Colmena Golden Cross S.A. y Masvida S.A., permitir libremente la afiliación de una persona con patologías físicas.

6 de noviembre de 2015

En fallo unánime, la Corte de Apelaciones de Valdivia acogió recurso de protección y ordenó a las isapres Colmena Golden Cross S.A. y Masvida S.A., permitir libremente la afiliación de una persona con patologías físicas, que fueron consideradas por las instituciones de salud como prexistencias.

En su sentencia, arguyó que ambas recurridas incurren en un actuar arbitrario e ilegal al denegar la contratación con quien ha padecido de patologías físicas, que se consideran enfermedades preexistentes, y con ello han vulnerado el derecho de don Miguel Sanhueza a elegir el sistema de salud, estatal o privado, que éste desee, con libre acceso a él, en un plano de igualdad, de hecho, con todos los que demanden la atención del mismo sistema.

Enseguida, se expone que la única garantía en materia de salud que es cautelada por el recurso de protección es precisamente la que se refiere a la libre elección del sistema de salud, sea este público o privado. Así las cosas, si se pretende amparar a las personas, debe entenderse en términos amplios la garantía, no pudiendo permitirse que cualquier institución de salud previsional, pueda afectar este derecho, negándose a contratar por razones que claramente apuntan únicamente a un tema de ganancias financieras.

De ese modo, concluye la Corte de Valdivia acogiendo el recurso de protección interpuesto por Miguel Ángel Daniel Sanhueza Pacheco, en contra de Isapre Colmena Golden Cross S.A. e Isapre Masvida S.A., ordenando en consecuencia a la recurridas permitir a don Miguel Sanhueza el ejercicio de su derecho a la libre elección del sistema de salud, suscribiendo el contrato de salud, conforme al plan que se encuentre acorde a sus posibilidades económicas, con costas.

 

 

 

Vea texto íntegro de la sentencia.

 

 

 

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