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Extra petita.

CS acoge casaciones y ratifica decisión del SII de objetar millonaria devolución de IVA.

El SII fundó su arbitrio de nulidad formal –en ambos casos- en la causal prevista en el numeral 4° del artículo 768 del Código de Procedimiento Civil, es decir, en haber sido dadas ultra petita.

11 de diciembre de 2015

En fallos unánimes, la Corte Suprema acogió dos recursos de casación presentados por el Servicio de Impuestos Internos (SII) y rechazó los reclamos interpuestos por los contribuyentes Sociedad Recmetal Limitada y Sociedad Jomex Limitada, en contra de la decisión de la entidad fiscalizadora de denegarles la devolución de IVA Exportador e IVA Cambio de Sujeto, respectivamente, por la suma de $2.521.072.832.

Al efecto, el SII fundó su arbitrio de nulidad formal –en ambos casos- en la causal prevista en el numeral 4° del artículo 768 del Código de Procedimiento Civil, es decir, en haber sido dadas ultra petita.

En sus libelos, arguye que los fallos impugnados indican no haberse cumplido con los plazos auto establecidos y que dichas infracciones originan que se deba acceder a todas a las solicitudes de devolución de IVA cuestionadas, en circunstancias que los reclamos deducidos no contemplan alegación alguna referida a la extemporaneidad.

En sus sentencias, el máximo Tribunal expone que “no se encontraba debatida la afirmación referida a que el Servicio de Impuestos Internos no se ajustó en los plazos que el  DS 348 establece y que le son imperativos, toda vez que la solicitud de la reclamante no se sustentó en el procedimiento especial regulado en este cuerpo normativo sino en el administrativo general del artículo 126”.

En ese sentido, sostiene que al disponer las sentencias impugnadas, que procedía invalidar las resoluciones del SII bajo el fundamento de la extemporaneidad, queda claro que los jueces del grado han emitido una decisión que se aparta del mérito del proceso.

De ese modo, conforme a lo expuesto, la Corte Suprema concluye acogiendo los recursos de casación y dejando sin efecto los fallos emitidos por el Tribunal Tributario y Aduanero de la Región de Tarapacá y por la Corte de Apelaciones de Iquique, instancias que habían acogido los reclamos de los contribuyentes y ordenado la devolución de los millonarios montos.

 

Vea textos íntegros de las sentencias de casación  y de reemplazo Rol N° 24727-2014.

Vea textos íntegros de las sentencias de casación  y de reemplazo Rol N° 24557-2014

 

 

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