Noticias

Primera sala.

TC deberá resolver si admite a trámite inaplicabilidad que impugna normas del Código Procesal Penal.

La gestión pendiente incide en autos de casación en la forma y en el fondo de que conoce la Corte Suprema.

28 de enero de 2016

Se solicitó declarar inaplicables, por inconstitucional, los artículos 318, 320, 322 inciso 1º, 328, 468 en la parte que dice “o a alguno de ellos, cuando lo considere conveniente o cuando lo pida alguna de las partes”, 469 y 470 del Código de Procedimiento Penal.

Los artículos 318, 320, 322 inciso 1º, y 328, regulan las declaraciones del inculpado.

Por su parte, los artículos 468, en la parte que dice “o a alguno de ellos, cuando lo considere conveniente o cuando lo pida alguna de las partes”, 469 y 470, norman la prueba de testigos.

La gestión pendiente incide en autos de casación en la forma y en el fondo de que conoce la Corte Suprema.

El requirente estima que la aplicación de los preceptos impugnados es contraria a lo dispuesto en los artículos 1, 5, 6, 7 y 19 Nºs 2, 3 y 26 de la Constitución Política, así como a los artículos 1, 2, 8, 24 y 25 del Pacto San José de Costa Rica, los artículos 2, 3, 14, 15 y 26 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, los artículos 10 y 11 de la Declaración Universal de Derechos Humanos y el artículo XXVI de la Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre, por cuanto se sostiene que es arbitrariamente discriminatorio que sea posible aplicar dos procedimientos penales distintos frente dos hechos idénticos, en circunstancias que uno de dichos procedimientos no respeta las garantías de un proceso racional y justo.

La Sala designada por el Presidente del TC tendrá que resolver si admite a trámite la impugnación, para luego pronunciarse sobre su admisibilidad. En el caso que se declare admisible, le corresponderá luego al Tribunal Pleno emitir pronunciamiento sobre el fondo de la impugnación.

 

 

Vea texto íntegro del requerimiento y expediente Rol N° 2970-16.

 

 

RELACIONADOS

* TC declaró inadmisible inaplicabilidad que impugnaba norma sobre aplicación del Código Procesal Penal…

* TC deberá resolver si admite a trámite inaplicabilidad que impugna norma sobre aplicación del Código Procesal Penal…

Te recomendamos leer:

Agregue su comentario

Agregue su Comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *