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Corte de San Miguel rechaza protección por expulsiones en cuerpo de bomberos.

La Corte de Apelaciones de San Miguel rechazó el arbitrio constitucional; decisión confirmada por la Corte Suprema en alzada.

22 de febrero de 2016

Se dedujo recurso de protección –por parte de dos particulares- en contra del Cuerpo de Bomberos de Peñaflor.

Los recurrentes estimaron vulneradas sus garantías constitucionales correspondientes a la igualdad ante la ley y el derecho de propiedad, por el acto arbitrario e ilegal del recurrido consistente en constituir la resolución del Consejo de Disciplina de esa Institución, de 11 de agosto pasado, que expulsa al primero y separa el segundo del Cuerpo de Bomberos.

La Corte de Apelaciones de San Miguel rechazó el arbitrio constitucional; decisión confirmada por la Corte Suprema en alzada.

En su sentencia, se expresó que la sala resolutiva del Tribunal de Disciplina se encuentra formada por 5 voluntarios honorarios, ninguno de los cuales tiene el carácter de administrativo de la Institución. Los jueces que impusieron la sanción en contra de los recurrentes, señores Flores, Calfunao y Orellana, no se encuentran afectos a prohibición legal para formar el Tribunal de Disciplina de la Orden.

Y es que el Consejo Superior de Disciplina que aplicó la sanción a los recurrentes se conformó de acuerdo a la ley, sin que a sus miembros les afecte la prohibición del artículo 553 del Código Civil.

De esa forma, la sentencia concluye manifestando que el artículo 22 del Reglamento establezca una conformación del Consejo Superior de Disciplina, distinta a la dispuesta en los artículos mencionados, no convierte la decisión impugnada en ilegal como lo afirman los recurrentes, por lo que acción de protección fue desestimada.

 

 

Vea texto íntegro de la sentencia de Corte de Apelaciones de San Miguel en causa Rol 589-2015

 

 

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