Noticias

Por unanimidad.

CS confirmó sentencia que condenó a inmobiliaria y constructora por daños en departamentos tras terremoto del 2010.

La Corte Suprema confirmó resolución que ordena a empresas a pagar indemnizaciones a 11 propietarios del edificio Centro Mayor.

24 de marzo de 2016

En fallo unánime, la Corte Suprema confirmó resolución que ordena a empresas a pagar indemnizaciones a 11 propietarios del edificio Centro Mayor, ubicado en calle Freire de Concepción, los que resultaron con serios daños estructurales con el terremoto del 27 de febrero de 2010.

Expone el máximo Tribunal que la sentencia cuestionada, en lo pertinente al arbitrio en estudio, confirmó el fallo de primer grado acogiendo la demanda, reflexiona al efecto, para resolver como lo hizo, que ninguna prueba rendida por los demandados permite sostener, en forma certera y pertinente, que el edificio construido por ellos se apega a los planos, memoria de cálculo y proyecto estructural elaborado por sus profesionales, que los elementos de construcción –hormigón y acero– fueron incorporados a la construcción en cantidad, consistencia y ubicación debida y, no han podido descartar la importancia de los muros monolíticos que finalmente fueron omitidos en la construcción, puesto que no encomendaron ni acompañaron a los autos, algún estudio técnico que pudiera determinar su influencia y contrastarlo con los estudios agregados por la parte demandante".

De esa forma, verificada la inexistencia de infracción de leyes reguladoras de la prueba, concluye el fallo manifestando que resulta que las conculcaciones que la recurrente estima se han cometido por los jueces del fondo persiguen desvirtuar –mediante el establecimiento de nuevos hechos– los supuestos fácticos fundamentales asentados por aquéllos, esto es, que los daños que presentó el Edificio Centro Mayor ubicado en calle Freire 1161-115 de la comuna de Concepción son consecuencia de fallas o defectos en su construcción. Y que éstos provocaron la inhabitabilidad de cada uno de los departamentos de los demandantes luego del terremoto del 27 de febrero de 2010, lo que produjo un menoscabo a su dignidad, como también aflicción hasta el día de hoy.

 

Vea textos íntegros de las sentencias de la Corte Suprema; Corte de Apelaciones de Concepción y de primera instancia.

 

 

RELACIONADOS

* CS ordena a municipalidad e inmobiliaria restituir dineros sustraídos a Corfo en caso Inverlink…

* TC rechazó inaplicabilidad que impugnaba norma sobre pena de ciertos cuasidelitos por terremoto de 2010…

Te recomendamos leer:

Agregue su comentario

Agregue su Comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *