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Suspensión con disidencia.

TC se pronunciará respecto de admisibilidad de inaplicabilidad que impugna norma sobre primera notificación del Código Tributario.

La suspensión del procedimiento fue acordada con el voto en contra de los Ministros Carmona y García.

15 de abril de 2016

El TC admitió a trámite un requerimiento de inaplicabilidad que impugna el artículo 171 del Código Tributario.

La gestión pendiente incide en los autos sobre cobro de obligaciones tributarias seguido ante el Tercer Juzgado Civil de Copiapó.

La suspensión del procedimiento fue acordada con el voto en contra de los Ministros Carmona y García.

Para pronunciarse acerca de la admisibilidad del requerimiento, la Sala designada por el Presidente del TC confirió traslado por el plazo de diez días a las partes de la gestión pendiente y a sus apoderados. En el caso que se declare admisible, le corresponderá luego al Tribunal Pleno emitir pronunciamiento sobre el fondo de la impugnación.

 

  

Vea texto íntegro del requerimiento y expediente Rol N° 3013-16.

 

 

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