Evaluación de desempeño.
CPLT acogió parcialmente amparo de acceso a la información contra Carabineros.
Se dedujo amparo de acceso a la información en contra de Carabineros de Chile, por denegarse antecedentes referidos al procedimiento de evaluación de desempeño.

Se dedujo amparo de acceso a la información en contra de Carabineros de Chile, fundado en la denegación de la información referente a una serie de antecedentes relativos –entre otros- al procedimiento de evaluación de desempeño ejecutado por la Comisión Evaluadora 2015, de la Prefectura de Aysén.
El Consejo para la Transparencia precisó que queda acreditado que Carabineros de Chile respondió en forma parcial a la solicitud efectuada por la requirente. Agrega que sin perjuicio, que en sus descargos adjunta la documentación enviada extemporáneamente a la reclamante para dar respuesta total al requerimiento, esto constituye una infracción al artículo 14 de la Ley de Transparencia, así como al principio de oportunidad previsto en el artículo 11, letra h), del mismo cuerpo normativo, por lo que se acogerá el presente amparo, representando dicha infracción al órgano reclamado en lo resolutivo del presente acuerdo.
Enseguida, sostiene que con ocasión de los descargos formulados por Carabineros de Chile, este informó que envió a la reclamante la información referida a las actas de Acuerdo de la Comisión Evaluadora del Personal Contratado por resolución de la Prefectura de Aysén, por lo que el CPLT requirió a la solicitante pronunciarse en relación a la entrega de dicha información, la cual manifestó que efectivamente Carabineros de Chile le remitió la documentación solicitada, razón por la cual el Consejo acogió el amparo solo en cuanto a que la información fue entregada extemporáneamente.




