Acoso sexual.
Tribunal Laboral desestimó tutela de derechos fundamentales pero acoge despido indirecto y nulidad de despido.
La sentencia concluye indicando que también accederá́ a la demanda de nulidad del despido, en cuanto tal acción es plenamente compatible con el despido indirecto.

El Juzgado de Letras del Trabajo de Antofagasta desestimó tutela de Derechos Fundamentales, pero acogió, sin embargo, la demanda subsidiaria de despido indirecto, nulidad de despido y cobro de prestaciones deducida por una ex trabajadora en contra de Fast Servicios Mineros Limitada y All Suply Servicios Limitada, como una sola unidad empresarial, por imputársele injurias e incumplimiento grave de las obligaciones que impone el contrato.
En su sentencia, el tribunal indicó que, no obstante la poca claridad de la denuncia, por la naturaleza de los incumplimientos que se imputan a las demandadas, debe entenderse que aquellas que fundan la tutela de derechos fundamentales son dos por parte de la actora: “Comunicaciones por escrito y en forma oral con insultos y ofensas hacia su persona, vulnerando su derecho a la honra, y dignidad y episodios o circunstancias en que fue acosada sexualmente por Erick Avendaño”.
Así, señala que, respecto del primer hecho referente a las “comunicaciones por escrito y en forma oral con insultos y ofensas hacia su persona” no se aportó́ prueba alguna para acreditar algún indicio que pudiese llevar a la determinación de que fue efectivo, por lo que se tendrá́ por no probado. Agrega que, respecto del segundo hecho solo aporto los documentos y la confesional del denunciado, quien reconoció́ su autoría de dichos instrumentos pero negó́ el acoso imputado.
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