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No existiría ilegalidad.

CGR se pronuncia sobre cita que textos escolares efectúan de Diputada Vallejos.

Los reclamantes alegaron vulnerados el principio de probidad administrativa y los principios de diversidad e inclusión.

17 de agosto de 2016

Se solicitó un pronunciamiento a la Contraloría General de la República –por parte de los diputados Coloma y Núñez– respecto de la legalidad de haber incluido un extracto de entrevista y foto de la diputada en ejercicio doña Camila Vallejos Dowling, en el texto escolar de Historia, Geografía y Ciencias Sociales de octavo básico, por cuanto, en su entender, ello vulneraría el principio de probidad administrativa y los principios de diversidad e inclusión que rigen el sistema educativo chileno, constituyendo un acto de proselitismo político.

Al efecto, la CGR hace presente que, según se aprecia de los antecedentes aportados, la adquisición del texto escolar que contempla la inserción cuestionada, se hizo a través del procedimiento de licitación pública ID N° 59

2-12-LP15, llevado a cabo por el MINEDUC, secretaría de Estado que preparó las bases, evaluó las ofertas y adjudicó el proceso.

Así, destaca el dictamen que al tenor de lo dispuesto en las bases técnicas, los textos escolares no deben presentar errores conceptuales “ni sesgos”, entendiendo por esto último aquello que resulte discriminatorio u ofensivo hacia alguna persona o grupo (etnia, nacionalidad, situación socioeconómica, idioma, ideología u opinión política, religión o creencia, entre otras).

También es menester puntualizar, se agrega, que la sección del libro donde fue incorporada la entrevista de que se trata corresponde a la unidad N° 5, relativa a los criterios que se utilizan para definir una región, lección N° 3, que aborda las potencialidades y desafíos de la economía chilena, acápite debate de ideas, el cual propone el tema relativo a si existe en Chile un equilibrio entre el cuidado del medio ambiente y el crecimiento económico.

Es en este último apartado en el que se incluyen cinco documentos, tres de los cuales tienen un origen institucional (Ministerio de Relaciones Exteriores, Comisión Nacional del Medio Ambiente y chiledesarrollosustentable.cl) y dos obedecen a expresiones formuladas por personas naturales.

Una corresponde al gerente de la división de desarrollo sustentable de una empresa privada (Colbún) y la otra a la mencionada parlamentaria, respecto de la cual se trascribe parte de una entrevista que le hizo un diario regional, en la que se alude a la contaminación que sufriría la ciudad de Antofagasta, expone el órgano de control.

Además, se indica por el Contralor, el anexo 1.3 de las bases técnicas de la licitación de que se trata, relativo a los requerimientos pedagógicos para la elaboración del texto cuestionado, alude al “relato contextual” en términos tales que es posible desprender que resulta procedente incorporar en el texto escolar citas o referencias como aquellas contenidas en los cinco documentos antes reseñados.

Pues bien, como puede apreciarse, la entrevista incorporada se enmarca dentro de los temas comprendidos en los programas aplicables a la asignatura y nivel educativo de que se trata, sin que sea posible desprender que el texto en análisis se haya utilizado para otro fin que no sea el contribuir con el proceso educativo de los estudiantes.

Y en cuanto a la eventual vulneración de los principios de diversidad y de inclusión que rigen el sistema educativo chileno, expone el dictamen que el primero de ellos reconoce la promoción y respeto de la diversidad de procesos y proyectos educativos. Además, conforme la historia fidedigna de la ley N° 20.370, que establece la Ley General de Educación -y refundida en el citado decreto con fuerza de ley N° 2, de 2009-, en su primer trámite constitucional, se señaló que este principio aseguraba un espacio de flexibilidad curricular que permita adecuar las materias comunes y su didáctica a las circunstancias particulares de cada establecimiento.

De ese modo, la CGR manifiesta que en el caso de doña Camila Vallejos resulta razonable haber recogido su parecer en atención a su participación en la Comisión de Medio Ambiente de la Cámara de Diputados, debiendo destacarse que la parte de la entrevista que se transcribe se refiere precisamente y estrictamente a un asunto ambiental.

En consecuencia, se concluye señalando que no se advierte ilegalidad ni vulneración de los principios antes referidos con ocasión de la inclusión en el texto escolar de Historia, Geografía y Ciencias Sociales de octavo básico, de parte de una entrevista efectuada a la diputada antes referida.

 

 

 

Vea texto íntegro del Dictamen Nº 58.795 de 2016.

 

 

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