Para fiscalización de SMA.
CGR ordena a Servicio de Evaluación Ambiental pronunciarse sobre interpretación de RCA.
El solicitante aduce que esa resolución autorizaría el embarque de 1.100 toneladas métricas anuales de concentrado de cobre de la minera que indica.

Se solicitó un pronunciamiento a la Contraloría General de la República –por parte del movimiento social “Este polvo te mata”- acerca de la falta de fiscalización por parte de la Superintendencia del Medio Ambiente ante la denuncia efectuada por el eventual incumplimiento de la resolución exenta N° 177 de 2012, de la Comisión de Evaluación Ambiental de la Región de Antofagasta, que calificó ambientalmente el proyecto “Recepción, acopio y embarque de concentrados de cobre”, cuyo titular es Antofagasta Terminal Internacional S.A.
El solicitante aduce que esa resolución autorizaría el embarque de 1.100 toneladas métricas anuales de concentrado de cobre de la minera que indica, límite que habría sido sobrepasado por el titular del proyecto, sin que el organismo recurrido haya ejercido debidamente sus facultades fiscalizadoras.
La Superintendencia informó que en el año 2015 se recibieron 12 denuncias similares sobre la materia, ante lo cual, revisados los antecedentes del caso, se pudo advertir que existe una inconsistencia entre la resolución de calificación ambiental anotada, y la declaración de impacto ambiental que le sirve de fundamento, toda vez que tales instrumentos contemplan diversos volúmenes máximos de concentrado de cobre a embarcar, por lo que para ejercer sus atribuciones de fiscalización resulta necesario aclarar dicha situación. Agrega que atendido lo anterior y considerando que según la normativa que regula la materia es el Servicio de Evaluación Ambiental quien tiene las facultades de interpretación de las resoluciones como la de la especie, se ha requerido en cuatro oportunidades a dicho organismo, sin que éste se haya pronunciado sobre el particular.
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