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Segunda sala.

TC se pronunciará respecto de admisibilidad de inaplicabilidad que impugna norma sobre medidas alternativas y control de armas.

La gestión pendiente invocada incide en un proceso seguido ante el Cuarto Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Santiago.

2 de septiembre de 2016

El TC admitió a trámite un requerimiento de inaplicabilidad que impugna el artículo 1° de la Ley N° 18.216 y el artículo 17 B de la Ley N° 17.798 sobre control de armas.

La gestión pendiente invocada incide en un proceso seguido ante el Cuarto Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Santiago en actual conocimiento de la Corte de Apelaciones de Santiago en virtud de un recurso de nulidad, por el delito de porte ilegal de armas.

Para pronunciarse acerca de la admisibilidad del requerimiento, la Sala designada por el Presidente del TC confirió traslado por el plazo de diez días a las demás partes de la gestión pendiente, individualizadas en el respectivo certificado de autos.

En el caso que se declare admisible, le corresponderá luego al Tribunal Pleno emitir pronunciamiento sobre el fondo de la impugnación.

 

 

Vea texto íntegro del requerimiento y expediente Rol N° 3196-16.

 

 

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