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Segunda sala.

TC se pronunciará respecto de admisibilidad de inaplicabilidad que impugna norma referida a declaraciones de utilidad pública.

La gestión pendiente incide en recurso de casación en el fondo, de que conoce la Corte Suprema.

26 de septiembre de 2016

El TC admitió a trámite un requerimiento de inaplicabilidad que impugna el inciso 1° del artículo transitorio de la Ley N° 20.791 que modifica la Ley General de Urbanismo y Construcciones en materia de afectaciones de utilidad pública de los planes reguladores.

La gestión pendiente incide en recurso de casación en el fondo, de que conoce la Corte Suprema.

Para pronunciarse acerca de la admisibilidad del requerimiento, la Sala designada por el Presidente del TC confirió traslado por el plazo de diez días a las demás partes de la gestión pendiente, individualizadas en el respectivo certificado de autos.

En el caso que se declare admisible, le corresponderá luego al Tribunal Pleno emitir pronunciamiento sobre el fondo de la impugnación.

 

 

Vea texto íntegro del requerimiento y del expediente Rol N° 3208-16

 

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