Por falta de antecedentes.
CGR desestimó reconsiderar dictamen sin advertir irregularidades en pago de viatico a funcionario de carabineros.
En lo concerniente al otorgamiento de sueldos superiores, la CGR explica que por su propia naturaleza, dicho sueldo es un estipendio de carácter compensatorio.

Se solicitó a la Contraloría General de la República –por parte de un funcionario de carabineros- la reconsideración del dictamen Nº 37.621 de 2016.
El ente de control recordó que a través de dicho pronunciamiento se concluyó, por una parte, que no se advertía alguna irregularidad en la fecha de su promoción a sargento 2°, esto es, 1 de enero de 2015, y por otra, que no le asistió el derecho a percibir los viáticos que reclamaba en atención a que no incurrió en gastos de alojamiento ni tampoco acreditó haber efectuado desembolsos por concepto de alimentación.
Asimismo, se determinó que el derecho a los viáticos por el período comprendido entre el 26 de mayo de 2014 y el 29 de julio de 2015, se encontraba prescrito, pues a la data de la petición por medio de la cual impetró su entero -29 de enero de 2016-, había transcurrido el plazo de seis meses contemplado en el artículo 99 de la ley N° 18.834, asistiéndole solo la posibilidad de obtener el pago de aquellos por el lapso que va desde el 30 de julio al 14 de octubre de 2015.
Comentarios (1)
Cristian En relación a los plazos me gustaría saber si al realizar la acción de cobro dentro de los 6 meses se tiene que pagar no importando que dicho viático haya sido reingresado posterior al plazo legal por errores de forma en la primera acción de cobro.
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