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Código del Trabajo.

CGR se pronuncia sobre cumplimiento de condiciones laborales con ciertos funcionarios por parte de PDI.

Corresponde a la PDI de cuenta de las medidas que adopte para dar pronto y efectivo cumplimiento a lo instruido por la Contraloría.

5 de noviembre de 2016

Se realizó una denuncia, bajo reserva de identidad, sobre incumplimiento del dictamen N° 41.585 de 205, emitido por la Contraloría General de la República, sobre las condiciones laborales en las que se desempeñan los funcionarios de la Policía de Investigaciones de Chile, PDI, que sirven en el Paso Fronterizo Jama. Ante lo cual, en su oportunidad los denunciados remitieron el informe solicitado en que daban cuenta de la situación. En dicha oportunidad se pronunció sobre el incumplimiento del pago de los viáticos en dólares, jornadas de trabajo y seguros médicos.

Al respecto, cabe recordar que el dictamen de 2015 señaló que los viáticos que corresponden pagar los funcionarios del paso internacional deben determinarse en dólares y según el tiempo que estén en el extranjero y demás condiciones que dispone la ley.

Además, se expone que, conforme a la jurisprudencia administrativa, el Director General de la Policía de Investigaciones facultado para contratar, según la disponibilidad presupuestaria anual, seguros médicos individuales o colectivos, para el personal en comisión de servicios en el extranjero, y también para sus cargas familiares. Por lo anterior, concluyó que la circunstancia de estar destinado en el extranjero no es antecedente para privarlos de la cobertura por accidentes en actos de servicio. Del mismo modo, al ser el Director General de la institución, la persona competente para fijar la duración de las jornadas de trabajo, ordenó que informara al órgano contralor sobre la regulación de éstas.

Luego, mediante el dictamen N° 7.341 de 2016, la Contraloría tomó conocimiento de las medidas adoptadas por la PDI sobre lo referido precedentemente.

No obstante, se indica por el dictamen que las situaciones denunciadas aún no eran subsanadas, por lo que ordenó informar del resultado de esas gestiones a la Unidad de Seguimiento de la División de Auditoría Administrativa de la Contraloría General de la República.

De lo anterior, se advierte que aún no se da cumplimiento a lo instruido respecto del pago de viáticos en dólares, corresponde que la PDI arbitre las medidas para ello, entre las que se incluyen aquellas necesarias para requerir las provisiones de recursos para el pago de esta prestación en los términos revisados. En segundo lugar, ordena que se contraten los seguros médicos correspondientes, por lo que deberá solicitar la provisión de fondos respectiva para cumplir con ello. Respecto de las jornadas de trabajo, el ente contralor, tiene por cumplido este aspecto, toda vez que la institución da cuenta de la disposición de mayor personal, con lo cual las jornadas de trabajo estarían siendo cercanas a las 8 horas diarias.

De ese modo se concluye que, dado que no han sido regularizadas todas las situaciones observadas en el año 2015, corresponde a la Policía de Investigaciones de cuenta de las medidas que adopte para dar pronto y efectivo cumplimiento a lo instruido por la Contraloría General; y recuerda que dicho incumplimiento constituye una infracción a los deberes funcionarios.

 

 

Vea texto íntegro del Dictamen Nº 78603 de 2016.

 

 

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