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En fallo unánime.

CS confirmó condenas de seis funcionarios de la PDI por corrupción.

Los actos de corrupción fueron cometidos entre los años 2000 y 2005.

10 de noviembre de 2016

En fallo unánime, la Corte Suprema rechazó los recursos de casación y ratificó la sentencia que condenó a seis funcionarios de la PDI por su responsabilidad en una serie actos de corrupción, cometidos entre 2000 y 2005.
El máximo Tribunal confirmó la sentencia recurrida, dictada por el ministro en visita Alejandro Rivera Muñoz, quien condenó a:

-Ricardo Antonio Cari Orellana a 61 días de presidio, accesoria de suspensión del cargo u oficio público por el tiempo que dure la condena y al pago de las costas del juicio, en calidad de autor de delitos informáticos, perpetrados en Santiago, en 2004. Además, de 41 días de presidio, accesoria de inhabilitación especial o absoluta para cargos u oficios públicos temporales en la misma cuantía, suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena, en calidad de autor del delito de cohecho, perpetrado en Santiago, en 2005;

-Hermes Gustavo García Arquero a 41 días de presidio, accesoria de inhabilitación especial o absoluta para cargos u oficios públicos temporales en la misma cuantía, la suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena, y el pago de las costas de la causa, en calidad de autor del delito de cohecho, perpetrado en Santiago, en 2005;

-Jorge Enrique Cari Gacitúa y Rómulo Alejandro Aitken Hellec a las penas de 61 días de reclusión, accesoria de inhabilitación especial o absoluta para cargos u oficios públicos temporales en la misma cuantía, la suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena, y el pago de las costas de la causa, en calidad de autores del delito de soborno, perpetrado en Santiago en 2005;

-Patricia Yolanda Castro Arce a 41 días de presidio, accesoria de inhabilitación especial o absoluta para cargos u oficios públicos temporales en la misma cuantía, la suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena, y el pago de las costas de la causa, en calidad de autora del delito de soborno, perpetrado en Santiago, en 2005, y

-Alonso Benjamín Latorre Zúñiga a la pena de 61 días de reclusión, accesoria de inhabilitación especial o absoluta para cargos u oficios públicos temporales en la misma cuantía, la suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena, y el pago de las costas de la causa, en calidad de autor del delito de soborno, perpetrado en Santiago, en 2005.

En la etapa de investigación, el ministro Rivera dio por acreditados los siguientes hechos:

"I.- Que en diversas fechas del año 2004 un funcionario de la Policía de Investigaciones de Chile, abusando de tal calidad, procedió a ingresar a la base de datos del sistema computacional de esa institución a fin de obtener antecedentes e información respecto de diversas personas en contra de las cuales existían resoluciones judiciales que ordenaban sus aprehensiones, lo que era entregado a los propios requirentes de la información y objeto de esas decisiones resultando favorecidos con ello.
II.- Que, asimismo, terceros, entre los cuales se encontraban funcionarios de la Policía de Investigaciones de Chile a esa fecha (2004), se coludieron para sustraer desde la Fuerza de Tareas Sur de la Policía de Investigaciones, documentos relacionados con los detenidos en investigación efectuada en causa Rol Nº 98.473, seguida por delito de tráfico de estupefacientes en el Segundo Juzgado del Crimen de San Miguel.
En particular, una agenda legalmente incautada en dicho proceso y que algunos de éstos recibieron dinero y especies por parte de los interesados.
III.- Que, una mujer, que por intermedio de un tercero se contactó con un funcionario público, obteniendo de éste -a cambio de prestaciones económicas que ella le entregaba personalmente- información reservada, lo cual le facilitó la comisión de delitos de tráfico de estupefacientes. En efecto, la información pedida por la mujer al funcionario público durante los años 2000 a 2005, se relacionaba con seguimientos que según ella le habrían estado haciendo determinados vehículos, solicitándole al funcionario público le proporcionara información acerca de sus patentes, además de todo lo correspondiente a su propia situación personal, esto es, si existía alguna orden de naturaleza judicial o investigativa a su respecto, en conexión con los delitos de tráfico ilícito de drogas.
IV.- Que entre los años 2000 hasta abril del año 2005 aproximadamente, un sujeto con antecedentes delictuales quien conocía a un funcionario público de una entidad policial nacional, ofreció o consintió en dar un beneficio económico a cambio de servicios a favor propio y de terceros, consistentes en facilitar información reservada que permitió el libre desplazamiento del sujeto y de familiares, facilitándole la comisión de ilícitos, información referida a la existencia de órdenes de aprehensión o investigación y vigilancia que lo afectaban o que afectaba a familiares vinculados al tráfico ilícito de droga".

 

Vea textos íntegros de las sentencias de la Corte Suprema, de la Ilustrísima Corte de Santiago y de primera instancia

 

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