En fallo unánime.
Corte de Santiago rechazó demanda contra TVN por emisión de reportaje de denuncia en el programa “Esto no tiene nombre”.
La sentencia establece que la denuncia emitida por TVN por las irregularidades en los locales fabricación de insumos de alimentos de los demandantes, encuentra su justificación en el resguardo de la salud pública.

En fallo unánime, la Corte de Santiago confirmó la sentencia recurrida que rechazó la demanda presentada en contra de TVN por la emisión de un reportaje de denuncia “Nuestro pan de cada día” en el programa: “Esto no tiene nombre”, el 4 de marzo de 2012.
La sentencia del Tribunal de alzada sostiene que "los razonamientos latamente descritos en el fallo que se revisa, son suficientes en la opinión de esta Ilma. Corte, para desestimar con fundamento las aseveraciones de la parte demandante, en cuanto ella refiere que el actuar de la demandada, Televisión Nacional de Chile, haya sido motivado por la existencia de dolo o culpa, hecho el cual resulta claro y suficientemente comprobado que con el análisis de la prueba rendida en estos autos, que aparece probada la no existencia de condiciones sanitarias mínimas exigidas por la ley, en una empresa dedicada al rubro de la elaboración de materias primas utilizadas en la producciones de alimentos".
La resolución de la Corte capitalina agrega que "ante la existencia de deficiencias tanto en el proceso de producción como en la manipulación de las materias primas, se instruyeron una serie de sumarios sanitarios incoados en contra del demandante, los que tuvieron su origen en inspecciones realizadas por la autoridad sanitaria competente, en observancia de su misión propia, la cual es velar por el cabal cumplimiento de las normas sanitarias vigentes".
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