Por vacante.
TRICEL se pronunciará respecto de apelación en caso que pretende dejar sin efecto nombramiento de Consejero Regional.
Corresponde ahora que el Tribunal Calificador de Elecciones se pronuncie sobre el recurso de apelación interpuesto.

El Tribunal Calificador de Elecciones se pronunciará respecto del recurso de apelación subsidiario contra la sentencia del Tribunal Electoral de la VII Región del Maule que proveyó la vacante de consejero regional producida por la renuncia de Alexis Sepúlveda, designando a Carlos Zúñiga, por el tiempo restante para completar su período legal de 4 años.
Cabe recordar que con fecha 28 de diciembre de 2016, el aludido Tribunal Electoral, resolvió proveer la vacante producida por la renuncia del consejero regional Alexis Sepúlveda, que integró en forma conjunta la lista G, Pacto Nueva Mayoría por Chile, Subpacto, PRSD-Independientes, con el candidato Daniel Flores, quien resultó también electo.
Luego, la resolución del Tribunal Electoral aclara que dicho Subpacto no cuenta con otros candidatos posibles para proveer la señalada vacante. Conforme a lo anterior, se da el presupuesto contemplado en el artículo 42, inciso primero de la LOC Nº 19.175, sobre Gobernación y Administración Regional, esto es, que la vacante debe proveerse con el ciudadano que, habiendo integrado la lista electoral del candidato que la provoca, habría resultado elegido si a esa lista le hubiere correspondido otro cargo.
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