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En fallo dividido.

Corte de Santiago confirmó condena a canal de televisión por discriminación de periodista.

El Tribunal de alzada confirmó sentencia que condenó a Chilevisión por discriminación a periodista Ignacio Gutiérrez basado en la Ley Zamudio.

16 de diciembre de 2016

La Corte de Santiago confirmó la sentencia que condenó a la estación televisiva  a pagar una multa de 50 Unidades Tributarias Mensuales por  infringir la Ley 20.609, por discriminación al periodista Ignacio Gutiérrez, ya que “incurrió en una  conducta discriminatoria al acudir a la orientación sexual del demandante para definir su rol en el programa matinal de la estación televisiva”.
La sentencia del Tribunal de alzada sostiene que "de acuerdo a lo razonado, el canal de televisión demandado, invocando el legítimo ejercicio para desarrollar una actividad económica acudió a la orientación sexual del demandante para decidir el rol que éste desempeñaría en el programa que animaba y para buscar que éste se expresara desde su sensibilidad homosexual, con la finalidad de dar una mayor credibilidad a los espectadores invadiendo de este modo el derecho a la vida privada del demandante consagrado constitucionalmente en el artículo 19 Nº 4 de la Carta Política. Con ello, se afectó además la integridad psíquica del demandante, tal como se reconoce en el fallo que se revisa".
La resolución de la Corte capitalina agrega que "en cuanto al contexto en el cual se habrían proferido las frases calificadas de discriminatorias, en relación a la conducta pretérita del canal televisivo de inclusión de las minorías sexuales y de otra índole, si bien ello no ha sido cuestionado por el actor, no se puede descartar por ese solo hecho la ausencia absoluta de un comportamiento discriminatorio, como el que se dio".
El fallo de la Corte de Santiago concluye que "por estas consideraciones y lo dispuesto en el artículo 13 de la Ley Nº 20.609, se confirma la sentencia apelada de ocho de agosto de dos mil dieciséis, escrita a fojas 297 con declaración que la conducta de discriminación arbitraria en que ha incurrido la demandada fue la exclusión del actor del denominado rol de "dueño de casa" en el matinal de Chilevisión en razón de la orientación sexual de éste y buscar que se expresara en el Programa desde su identidad sexual".
La decisión se adoptó con el voto en contra de la Ministra López.

 

Vea texto íntegro de la sentencia.

 

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