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En fallo dividido.

Caso Corredora Fit Research: Corte de Santiago revocó sentencia que dictó el sobreseimiento de dos imputados por el delito de estafa.

El Tribunal de alzada acogió recurso de apelación presentado por el Ministerio Público y la empresa querellante Inversiones Ramaja.

27 de diciembre de 2016

La Corte de Santiago revocó la sentencia dictada por el Cuarto Juzgado de Garantía, que decretó el sobreseimiento de Ricardo Montaner Lewin y Gerardo Rojas Zegers, imputados por el delito de estafa, en el denominado caso de la Corredora FIT Research.
La sentencia del Tribunal de alzada sostiene que "de la simple transcripción de los hechos realizada precedentemente, no es posible asimilarlos con la certeza que se requiere para dictar un sobreseimiento definitivo como pretende la defensa de los imputados, a fin de concluir en forma prístina que de no hacerlo existiría un doble juzgamiento".
La resolución de la Corte capitalina agrega que "en efecto, si bien las partes parecen estar de acuerdo en que la querellante sufrió un perjuicio de $1.100.000.000, lo cierto es, que la querella por estafa refiere una defraudación de "al menos" mil cien millones de pesos producto de una serie de maniobras que la indujeron a realizar dicha disposición patrimonial acaecidas en forma previa al delito de giro doloso de cheques y; por otra parte, la defensa argumenta que al girarse tales cheques se produjo una novación respecto de obligaciones anteriores, todo lo cual impide, por ahora, con la seguridad que requiere una decisión de sobreseimiento definitivo, concluir que efectivamente se trata de los mismo hechos, y en consecuencia la determinación acerca de si efectivamente la disposición patrimonial en uno y otro ilícito convergen en una única conducta punitiva corresponde que sea zanjada en el correspondiente juicio penal por el delito de estafa y después de analizar todas las pruebas que rindan las partes para aclarar la verdadera naturaleza y alcance de las conductas cuestionadas, sin que esta Corte se encuentre en condiciones de determinarlo en esta instancia".
Decisión adoptada con el voto en contra del ministro Rivera.

 

Vea texto íntegro de la sentencia.

 

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