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Primera sala.

TC no admitió a trámite inaplicabilidad que impugnaba norma que restringe recurso de apelación en proceso penal y que vulneraría igualdad ante la ley.

La gestión pendiente invocada recae en un proceso penal seguido ante el 5° Juzgado de Garantía de Santiago, por el delito de porte ilegal de arma.

27 de enero de 2017

El TC no admitió a trámite un requerimiento de inaplicabilidad que impugnaba el artículo 370 del Código Procesal Penal, sobre las resoluciones respecto de las cuales es procedente el recurso de apelación.

La gestión pendiente invocada recae en un proceso penal seguido ante el 5° Juzgado de Garantía de Santiago, por el delito de porte ilegal de arma.

En su resolución, el TC no admitió a trámite el libelo, toda vez que no se ha dado cumplimiento a la exigencia prevista en el artículo 80 de la LOCTC, por cuanto el requerimiento no contiene una exposición clara de los hechos y fundamentos de derecho en que se apoya ni de cómo ellos producen como resultado las infracciones constitucionales señaladas sobre el debido proceso. Además, éstas se sustentan en hechos y acciones que a la fecha de la presentación del requerimiento, son futuras e hipotéticas.

Del mismo modo, concluye la Magistratura Constitucional señalando que tampoco consta en autos la documentación que acredite el tenor de lo solicitud ante el tribunal penal ni lo que resolvió en dicha oportunidad.

 

 

Vea texto íntegro del requerimiento y del expediente Rol N° 3317-17.

 

 

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