Diario Constitucional

Por unanimidad.

TC de Perú rechaza amparo de policlínico que expedía certificados médicos para obtener licencias de conducir.

La demandante solicitó dejar sin efecto la resolución de la SUTRAN que dispuso la clausura temporal de su local.

Por Redacción·03 de febrero de 2017·2 min de lectura
TC de Perú rechaza amparo de policlínico que expedía certificados médicos para obtener licencias de conducir.
Referencial

En forma unánime, el Tribunal Constitucional peruano resolvió declarar infundado el recurso de amparo interpuesto por el Policlínico Luxor, de la ciudad de Arequipa, contra la Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Cargas y Mercancías (SUTRAN), al no haberse producido la vulneración de sus derechos al debido proceso, a la defensa, a la libertad de empresa y al principio de razonabilidad.

En su libelo, la demandante solicitaba dejar sin efecto la resolución de la SUTRAN que dispone la clausura temporal de su local y suspende su acceso al sistema Breve-T, por supuestamente haber cometido irregularidades en la expedición de certificados médicos para la obtención de licencias de conducir.

En la sentencia, la Magistratura Constitucional peruana expone que ante el fundado riesgo de que se emitan certificados médicos de aptitud psicosomática a personas que ni siquiera han sido evaluadas, hace que las medidas decretadas por la SUTRAN se encuentren plenamente justificadas, ya que al disponerlas está cumpliendo con su deber de supervisar la correcta expedición de dicho documento y el proceso de obtención de la licencia.

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