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Solo otorga protección respecto del cese.

CGR desestimó reconsiderar dictamen que determinó que fuero maternal no confiere inviolabilidad a nivel remuneratorio.

La Contraloría concluye señalando que no advierte irregularidad en que la autoridad haya variado las condiciones de la contrata de una funcionaria embarazada.

21 de febrero de 2017

Se solicitó a la Contraloría General de la República –por parte de una funcionaria del Instituto de Desarrollo Agropecuario- la reconsideración de la jurisprudencia de la CGR que concluyó que el fuero maternal solo otorga protección en lo relativo al cese, según lo previsto en el artículo 174 del Código del Trabajo, pero no confiere inviolabilidad al respectivo nivel remuneratorio.
Al respecto, el ente de control advirtió que, observados sus registros, a peticionaria ha tenido diversas designaciones como profesional, asimiladas a diversos grados, siendo del caso destacar que desde el 1 de junio de 2011 hasta el 31 de diciembre de 2015, se desempeñó como contrata grado 5 de la E.U.S., y desde el 1 de enero de 2016 fue designada en una contrata grado 7, en igual calidad jurídica y estamento, por medio de la resolución N° 148, de este último año, de dicho instituto, la que fue cursada por la Contraloría.
Por otra parte, el órgano contralor expresó que de conformidad con lo previsto en el artículo 10 de la Ley N° 18.834, sobre Estatuto Administrativo, los empleos a contrata carecen de un grado específico, correspondiendo a la autoridad determinar, según la importancia de las funciones, el grado al que se asimilará la respectiva designación, de lo que se desprende que la decisión de no mantener las condiciones fijadas en un desempeño previo, no puede ser objeto de reproche, según se precisara, entre otros, en los dictámenes N°s. 58.484 de 2011 y 24.328 de 2014.
Luego, señala el dictamen que en razón de su jurisprudencia administrativa, entre otros, en los dictámenes N°s. 57.605 de 2012 y 10.726 de 2016, la que se ratifica en todas sus partes, ha precisado que dicho beneficio sólo otorga protección en lo relativo al cese en el empleo, pero no confiere inviolabilidad a las remuneraciones.
De esa manera, la CGR concluye señalando que no advierte irregularidad en que la autoridad haya variado las condiciones de la contrata de una funcionaria embarazada, en la medida que ello obedece a la ponderación que aquella puede realizar de las labores encomendadas, facultad que no se encuentra limitada por el fuero maternal como indica la interesada.

 

Vea texto íntegro del Dictamen Nº 782 de 2017.

 

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