Noticias

Ley fácil.

BCN publicó Guía legal sobre bono marzo permanente.

El documento informa acerca del aporte monetario que se entrega en marzo de cada año a las familias de menores ingresos.

3 de marzo de 2017

El sitio web de la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN), publicó en su sección Ley fácil, la Guía legal sobre bono marzo permanente.
El documento señala que en el marco del sistema de protección social, se crea un aporte en dinero  de carácter permanente para las familias de menores ingresos, que se pagará durante el mes de marzo de cada año.
La BCN sostiene que el bono asciende a $ 44.209 por cada carga o por cada familia y explica que no constituye remuneración o renta para ningún efecto legal. No es imponible ni tributable ni está afecto a descuento alguno.
Enseguida el texto explica que las personas que reciben el bono son los beneficiarios del subsidio familiar, de asignación familiar y de asignación maternal; los beneficiarios que tienen ingresos iguales o inferiores a $631.058 reciben el bono; las personas o familias que al 31 de diciembre del año anterior a su otorgamiento sean usuarias del Subsistema de “Seguridades y Oportunidades” (Ingreso ético familiar) reciben un bono por familia; y las familias que estén participando en el subsistema “Chile Solidario”.
Las familias, agrega el texto, consideradas en los puntos 4 y 5 reciben el bono si no están consideradas en el pago en los puntos 1,2, y 3.
Cada causante, continúa, (persona beneficiada) sólo dará derecho a un bono, aun cuando estuviera acogido a diversos regímenes previsionales y desempeñe trabajos diferentes.  “Se paga un solo bono por persona y uno por cada carga si corresponde. En caso de existir diversos beneficiarios de un bono, debe preferirse siempre a la madre para el pago”, especifica la BCN.
La Biblioteca sostiene que el pago del bono lo hará el Instituto de Previsión Social, en una sola cuota, durante el mes de marzo de cada año. El personal de algunas instituciones públicas lo recibirá junto con la remuneración de marzo de cada año, indica el documento.
Con respecto al plazo hay para cobrar el bono, señala que es de nueve meses, contado desde la emisión del pago. Añade que para reclamar por el no otorgamiento, el plazo es de un año, contado desde el mes de abril del año al cual corresponde pagar el beneficio.
Para el cobro indebido, agrega la BCN, hay sanciones penales y administrativas que pudieren corresponder en caso de recepción indebida del aporte, además se exige la devolución del monto del bono reajustado.

 

Las personas pueden consultar si lo recibirán en www.aportefamiliar.cl

 

RELACIONADOS
*BCN publicó Guía legal sobre transporte escolar…
*BCN publicó Guía legal sobre seguro escolar…
*BCN publicó Guía legal sobre bloqueo del carné de identidad…

 

Te recomendamos leer:

Agregue su comentario

Agregue su Comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *