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Segundo Tribunal Ambiental rechazó reclamación contra Comité de Ministros asociada a la aprobación del proyecto “Candelaria 2030- Continuidad Operacional”.

El proyecto consiste en la extensión de la vida útil de la faena minera actualmente en operación y la optimización de su proceso productivo.

5 de mayo de 2017

El Segundo Tribunal Ambiental rechazó la reclamación interpuesta por Frutícola y Exportadora Atacama Ltda.en contra de la decisión del Comité de Ministros que se pronunció sobre la reclamación administrativa de la resolución de calificación ambiental (RCA) del proyecto “Candelaria 2030- Continuidad Operacional”.
Cabe señalar que el proyecto consiste en la extensión de la vida útil de la faena minera actualmente en operación y la optimización de su proceso productivo. Sus obras y actividades se ubican en las comunas de Caldera, Copiapó y Tierra Amarilla.
La sentencia del Tribunal sostiene que serán desestimadas respectivamente las imputaciones de ilegalidad relativas a la falta de debida consideración de las observaciones de la actora en relación a los componentes suelo, aire y medio humano, por las razones expuestas en lo precedente, considerando el Tribunal que la resolución impugnada y la RCA N° 133/2015 se hayan suficientemente motivadas de conformidad con lo prescrito en la legislación correspondiente, en particular, conforme a los artículos 11, 16 y 41 de la Ley N° 19.880 y en ese sentido la Autoridad ambiental cumplió con los criterios contenidos en el Oficio Ordinario N° 130528/2013 que imparte instrucciones sobre la consideración de las observaciones ciudadanas.
Enseguida agrega que la RCA en cuestión data de 2015, que la empresa frutícola primero impugnó ante el Comité de Ministros, por considerar que sus observaciones no fueron debidamente consideradas. Dicha instancia acogió parcialmente el recurso, reconociendo un efecto adverso sobre los sistemas de vida y costumbres humanas, e incorporando una medida asociada al recurso hídrico y otra exigencia en relación al monitoreo del ruido. Esta decisión fue más tarde reclamada ante el Tribunal Ambiental.
Cabe señalar que Frutícola y Exportadora Atacama Ltda. solicitaba dejar sin efecto el proceso de evaluación ambiental del proyecto minero o, en subsidio, que este se retrotrajera hasta el inicio de la etapa de participación ciudadana.
Por su parte, el Ministro Ruiz concurrió al rechazo, entre otras razones, por cuanto la reclamación no se encontraba debidamente fundada.

 

Vea el expediente de la causa R-131-2016

 

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