Ubicado en la comuna de la Estrella.
Segundo Tribunal Ambiental confirma decisión de Comisión de Evaluación Ambiental O’Higgins que desestimó invalidar aprobación de plantel de cerdos.
El Tribunal rechazó reclamación contra dicha Comisión pues su resolución estaba debidamente motivada y no se observa ilegalidad en orden a la vía de ingreso al SEIA.

El Segundo Tribunal Ambiental rechazó una reclamación en contra de la Comisión de Evaluación Ambiental de O’Higgins, confirmando con ello la decisión de la autoridad ambiental que desestimó solicitud para invalidar la RCA del proyecto “Plantel de cerdos Quebrada Honda”, ubicado en la comuna de La Estrella.
La sentencia del Tribunal sostiene que se resuelve rechazar la reclamación deducida por la Corporación de Desarrollo y Protección del Lago Rapel; por Ximena del Carmen Cornejo Donoso, por sí y en representación de la Junta de Vecinos La Alameda de Pulín y del Comité de Agua Potable Rural de Pulín, en contra de la Resolución Exenta Nº 20, de 19 de enero de 2016, de la Comisión de Evaluación Ambiental de la Región del Libertador General Bernardo O’Higgins.
En relación a los alegatos que sostenían que el proyecto debió ser evaluado por medio de un Estudio de Impacto Ambiental (EIA) y no una Declaración (DIA).
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