Diario Constitucional

Afectación desproporcionada.

TEDH reconoció derecho a la privacidad en favor de condenado por posesión y tráfico de pornografía infantil.

La inspección de los archivos del computador por parte de la policía fue desproporcionada en relación con los fines perseguidos.

Por Redacción·07 de junio de 2017·2 min de lectura
TEDH reconoció derecho a la privacidad en favor de condenado por posesión y tráfico de pornografía infantil.
Referencial

El Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) –por seis votos contra uno- falló a favor de un ciudadano español que demandó a su país porque la policía accedió al contenido y archivos de su computador personal sin el permiso previo de un juez.

Cabe recordar que el computador había sido llevado al servicio técnico por el denunciante, instancia en la cual el técnico encontró material pornográfico infantil en sus archivos. Ante esa situación se llamó a la policía, la cual retiró y examinó el computador, informando con posterioridad a un juez de las diligencias efectuadas. El denunciante fue detenido al momento de ir a retirar el computador, y condenado a cuatro años de prisión por el delito de posesión y tráfico de pornografía infantil. Luego de esta sentencia, el denunciante huyó de la justicia hasta que la pena prescribiera para evitar cumplir la condena.

En su sentencia, el Tribunal de Estrasburgo expuso que el hecho de acceder a los archivos del computador personal del denunciante y posteriormente condenarlo entra en conflicto con su derecho a la vida privada, conflicto regulado por el derecho español y la jurisprudencia de la Corte Constitucional al establecer que se requiere autorización judicial previa cuando la vida privada de un individuo pueda ser vulnerada, salvo en caso de emergencia, en el cual es posible la revisión judicial posterior.

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