Precepto no tiene aplicación decisiva.
TC declaró inadmisible inaplicabilidad que impugnaba norma de la Ley Emilia que suspende pena sustitutiva y exige pena privativa de un año.
La gestión pendiente incide en un recurso de nulidad de que conoce la Corte de Apelaciones de Valparaíso.

El TC declaró inadmisible un requerimiento de inaplicabilidad que impugnaba el artículo 196 ter inciso 1° parte final y el artículo 196 ter inciso 2° primera parte, ambos de la ley 18.290 de Tránsito, introducidos en virtud de la denominada “Ley Emilia”.
El primer precepto impugnado establece: "…Sin embargo, la ejecución de la respectiva pena sustitutiva quedará en suspenso por un año, tiempo durante el cual el condenado deberá cumplir en forma efectiva la pena privativa de libertad a la que fuere condenado. Mientras que el segundo precepto impugnado establece: “Con todo, no se aplicará en estas situaciones lo dispuesto en el artículo 38 de dicha ley…”
La gestión pendiente incide en un recurso de nulidad de que conoce la Corte de Apelaciones de Valparaíso.
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