No existe arbitrariedad.
CS rechazó protección por negativa a entregar asignación y bono a jueces de Policía Local.
El abogado integrante Sr. Prado concurrió a la confirmatoria sin compartir los términos del fundamento cuarto de la sentencia.

En fallo unánime, la Corte Suprema rechazó la acción de protección deducida por tres jueces de Policía Local en contra de la Municipalidad de Iquique y el Contralor General de la República, debido a la negativa de estas a otorgarles la asignación especial directivo-jefatura y el bono especial, establecidos en la Ley 20.922.
Los recurrentes adujeron que estos hechos vulneran la igualdad ante la ley, la igual protección de la ley en el ejercicio de los derechos y el derecho de propiedad, toda vez que se les ha desconocido derechos que otorga la ley al negárseles el pago de las prestaciones que les corresponde.
En la sentencia, el máximo Tribunal sostuvo, en síntesis, que, en virtud de los antecedentes de la causa, el dictamen objeto del recurso y en que se basa la decisión de la Municipalidad, tiene fundamentos fácticos y jurídicos que lo justifican pues la norma que establece las asignaciones en cuestión expresamente excluye a alcaldes y jueces de Policía Local, por lo cual se justifica la exclusión de la asignación respecto de los jueces de policía local pues con anterioridad, conforme a la Ley N°20.008 los magistrados ya obtuvieron un beneficio que atendió sus demandas y subió sus remuneraciones.
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